Asilo y Refugio en EE. UU.
Información pública sobre el proceso de asilo (I-589) y el estatus de refugiado. Opciones, plazo para presentar y recursos oficiales.
¿Cuál es la diferencia entre asilo y refugio?
En términos generales: el asilo (asylum) se solicita por personas ya presentes en EE. UU. o en un puerto de entrada; el estatus de refugiado se tramita desde fuera de EE. UU. a través de programas humanitarios. Ambos protegen a personas con persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular.
Información oficial: Asylum — USCIS y Refugees & Asylum — USCIS.
Proceso de asilo (resumen)
- Presentar Form I-589 (Application for Asylum and for Withholding of Removal) dentro del plazo correspondiente (normalmente 1 año desde la llegada salvo excepciones).
- Biometría, revisión y posible entrevista con USCIS (affirmative) o trámite defensivo ante cortes de inmigración si el solicitante está en proceso de deportación.
- Si se concede, opciones para solicitar ajuste de estatus posteriormente.
Ver formulario y guía oficial: I-589 — USCIS.
Consejos prácticos al preparar una solicitud de asilo
- Documenta hechos y pruebas (testimonios, pruebas médicas, reports policiales, noticias que respalden riesgo).
- Pide ayuda de organizaciones locales y abogados especializados en asilo (hay clínicas y ONGs que ofrecen asistencia).
- Respeta plazos: la regla del “1 year” tiene excepciones, pero es clave revisarla con un asesor.
Recursos y enlaces oficiales
Información final y contacto
El proceso de asilo y refugio puede ser complejo. Si tu caso es urgente o riesgoso, contacta a organizaciones humanitarias o abogados especializados para asistencia inmediata.